(EP 13/04/2009)-. El Tribunal Supremo acordó no admitir el recurso de casación que una vecina de Valladolid interpuso contra la sentencia que desestimó la demanda en la que reclamaba al ginecólogo y profesor de la Universidad vallisoletana (UVA) V.Z. el pago de una indemnización cifrada en casi 553.000 euros (unos 91 millones de pesetas) por haberla sometido en diciembre de 1996 a una operación en la que le extirpó el útero tras detectar una serie de quistes que creyó cancerígenos pero que, como así se pudo comprobar más tarde, eran de naturaleza benigna.
La inadmisión del recurso por parte del Alto Tribunal supone la confirmación del referido fallo dictado en 2005 por el Juzgado de Primera Instancia número 11 y ratificado también por la Audiencia Provincial, que justificó la desestimación en que el derecho de información previa al paciente, aunque sea básico, deja de ser imprescindible cuando se presenta una urgencia vital, pues la urgencia del caso relega el derecho a un segundo plano, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.